Responde juez sobre remoción del oficial mayor de Yautepec

Duro revés recibe la fracción de regidores y síndico que promovieron el acto.

Yautepec.- El Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Morelos emitió la resolución del juicio de amparo promovido por Felipe Mariaca González, oficial mayor del Ayuntamiento de este municipio, declarando que la determinación que la fracción de regidores y síndico que promovieron el acto de remoción de cargo del antes mencionado, “no se encuentra fundada ni motivada”, respaldando con esto la actitud del alcalde Humberto Segura Guerrero en el respeto a las garantías individuales del servidor público.

Duro revés recibió el bloque opositor en el Ayuntamiento, el cual es conformado por los regidores Eustacia Salinas Luna, Eliseo Lázaro Domínguez, Javier Heras Arizmendi, Marcelino Montes de Oca Domínguez, Pilar Chávez Moreno y el síndico municipal Agustín Miranda Rodríguez, toda vez que, sin sustento legal, promovieron la remoción del oficial mayor estropeando con ello los trabajos de la administración pública municipal.

En la sesión extraordinaria de cabildo con fecha del 5 de noviembre de 2010, se discutió la permanencia del funcionario Mariaca González, en donde mediante votación determinaron removerlo de su cargo; sin embargo, de acuerdo con la Justicia de la Unión, “tal determinación no cita los preceptos legales ni los motivos por los cuales el actuar de dicho funcionario sea consecuencia de remoción”.

En dicha sesión, el alcalde Humberto Segura Guerrero manifestó su desacuerdo por “existir una flagrancia absoluta a las garantías constitucionales del servidor público en comento y porque no hay respeto al principio de debido proceso legal y de la garantía de audiencia, legalidad y seguridad jurídica. Mi decisión es que se suspenda la ejecución de esa determinación que contraviene a la legalidad, razón por la que no voto y no firmaré la presente acta”.

Con fecha del 4 de enero del año en curso, el Juzgado Quinto de Distrito en el Estado expuso que “la Justicia de la Unión ampara y protege a Felipe Mariaca González respecto del acto y autoridades mencionadas” en defensa de la garantía de seguridad jurídica que establece el artículo 16 constitucional.

Con la respuesta de esta autoridad de justicia, el punto de remoción en dicha sesión quedó insubsistente y ordenó que en su lugar dicen otro en el que, con libertad de jurisdicción, resuelvan lo que conforme a derecho proceda, fundando y motivando debida y suficientemente el sentido de su determinación.

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