La sentencia puede ser impugnada; los servicios que brinde el estado deben tener un precio fijo. Un juez federal declaró inconstitucional la fracción II, del artículo 77, de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos, por considerar inequitativo y desproporcionado el pago de derechos por la inscripción de un contrato de compra-venta ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.