Contadora señala que la mejor opción para pequeños negocios es incorporarse al nuevo régimen fiscal

Comerciantes que estaban en el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos) y que principalmente son de mercados y pequeños negocios, continúan teniendo dudas y se manifiestan inconformes con el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), al que tienen que sujetarse con la reforma fiscal que se aprobó el año pasado, por lo que han estado recibiendo pláticas por parte de contadores, que han dado asesorías gratuitas para que entiendan el nuevo régimen y sus ventajas.

Al respecto, Guillermina Barrera Cuevas, contadora, señaló que no hay vuelta de hoja y que lo mejor es “entrarle al aro porque de no hacerlo, podrían dejar de ser competitivos y perder clientela”.

Al señalar que ha estado asesorando a comerciantes de Cuernavaca, Jojutla y otros municipios del estado que no han entendido esta nueva disposición, la cual -dijo- “es muy fácil y que significa que al mes estos contribuyentes, además de no pagar impuestos, sólo deberán presentar una factura por ingresos y otra por egresos”, es decir, tienen que reportar cuánto ingresaron a su pequeño negocio y cuánto vendieron, además de que harán declaraciones bimestrales.

“Tienen la obligación de hacer una factura por lo que se vende o ingresa en un pequeño negocio, de manera mensual, no importa si venden cacahuates, chiles o pollo”, pero precisó que no se tiene que facturar por dos jitomates o una rebanada de pastel que se venda, a menos que exista un cliente que pida un Comprobante Fiscal Digital (CFD), el cual “pueden bajar de manera sencilla y gratuita desde el portal del SAT (Servicio de Administración Tributaria), o bien, a través de proveedores que cobran cierta cantidad, pero la herramienta que proporciona el SAT es fácil y la que les recomiendo”.

Lo que sí precisó Barrera Cuevas, es que “el hecho de no tener una computadora y los comprobantes digitales, hará que estos pequeños comerciantes dejen de ser competitivos y pierdan clientes”, al tiempo que señaló que “están obligados a emitir el CFD, en el caso de que el cliente lo solicite”.

 

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