De manera general, el pago de la prima de antigüedad es un derecho de carácter irrenunciable que tiene como base la continuidad y asiduidad al trabajo, se traduce como una obligación del patrón quien recompensa los servicios del trabajador.
De manera general, el pago de la prima de antigüedad es un derecho de carácter irrenunciable que tiene como base la continuidad y asiduidad al trabajo, se traduce como una obligación del patrón quien recompensa los servicios del trabajador.
Anteriormente, señalé que de acuerdo a una resolución formulada en vía de contradicción de tesis y resuelta en el mes de noviembre del año 2009 por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se negaba el derecho al pag...
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala el hecho de que cuando un patrón despida a un trabajador sin que exista una causa justificada, tiene la obligación de indemnizarlo con el importe de tres meses de salario....
Hoy quisiera comentar acerca de un tema del cual ya anteriormente me he referido y es relativo a la responsabilidad del personal jurídico (actuarios, secretarios, auxiliares, secretarios generales, proyectistas, presidentes de Junta local...
Sin duda alguna que el trabajo realizado en el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje en el estado deja mucho que desear y no se ve cómo o cuándo pueda salir del bache en el que se encuentra. Para ello, se requiere no sólo de buena...